Cambios más importantes
El artículo 4°, que requería la notificación de las protestas con al menos 24 horas de antelación, fue completamente vetado.
ODel art. 8 se suprimió la duración máxima de dos horas para la protesta y se incorpora una mediación con la autoridad de aplicación.
OEn caso de que la protesta no se ajuste a lo establecido en la ley o los manifestantes se nieguen a participar en la mediación, se informará al Ministerio Público para restablecer el orden.
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2023-06-10T07:00:00.0000000Z
2023-06-10T07:00:00.0000000Z
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El Tribuno
